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Plazos del cambio de sujeto: cuándo vencen el 3561 y el 3562

Cuándo hay que declarar, qué pasa si te atrasas, y cómo rectificar si ya enviaste algo mal.

01

Cuándo hay que declarar

Las declaraciones juradas 3561 (Compras) y 3562 (Ventas) del cambio de sujeto se presentan de forma mensual, dentro de los primeros días del mes siguiente al período declarado.

El día exacto de vencimiento es [día del mes — confirmar].

Fuente: SII — Preguntas frecuentes de retenedores. Se debe reemplazar por la cita exacta del calendario tributario antes de publicar.
02

Qué pasa si te atrasas

Declarar fuera de plazo puede generar [multa — confirmar monto/UTM], según lo establecido por el SII para las declaraciones juradas.

No declarar y declarar mal no son lo mismo: la primera es una omisión, la segunda puede requerir una rectificatoria además de la multa que corresponda.

03

Cómo rectificar una declaración

Si ya enviaste el 3561 o el 3562 y detectas un error, el SII permite presentar una declaración rectificatoria. [procedimiento exacto — confirmar con fuente oficial]

?

Preguntas frecuentes sobre plazos

¿El plazo es el mismo para el 3561 y el 3562?

[confirmar si comparten fecha o no]

¿Qué pasa si nunca declaré cambio de sujeto?

[respuesta pendiente de verificar con fuente oficial]

¿AutoCS me avisa antes del vencimiento?

Esta es la única respuesta que no depende de una fuente externa — es una decisión de producto que hay que confirmar antes de prometerla acá.

No se te vuelva a pasar

AutoCS te ayuda a declarar sin errores de tipeo — el resto de la responsabilidad del plazo sigue siendo tuya como contribuyente.

Ver cómo declarar paso a paso →